Universalización de Facturación Electrónica: plazo para restantes contribuyentes de IVA
Continuando con el proceso de Universalización de Facturación Electrónica, la Resolución N° 2548/2023, modifica las recientes Resoluciones N°2389/2023 y N° 2390/2023, y establece nuevo plazo para la incorporación al régimen de Facturación Electrónica del resto de los contribuyentes de IVA.
De esta forma, a partir del 1/1/2025 serán emisores electrónicos todos los contribuyentes de IVA, incluso de IVA Mínimo, con algunas excepciones puntuales:
- los que desarrollen exclusivamente actividades agropecuarias y obtengan el ejercicio ingresos inferiores a 4 millones de UI.
- quienes realicen exclusivamente actos de agregación de valor en la construcción sobre inmuebles.
- contribuyentes del Impuesto a las Rentas de los No Residentes.
Asimismo, a partir del 01/01/2025, los contribuyentes del IVA deberán adquirir la calidad de emisor electrónico desde que se inscriban, reinicien actividades, o se constituyan en contribuyentes del mencionado impuesto.